Aguinaldo de Fiestas Patrias 2026

Aguinaldo de Fiestas Patrias 2026: cuánto deben pagar las empresas y qué pasa si no lo entregan

Falta poco para el 18 de septiembre y en más de una empresa chilena ya empezó la misma conversación de todos los años: ¿hay que pagar aguinaldo o no? La respuesta corta es que depende, y la respuesta larga puede costarle caro a un empleador que crea que puede eliminarlo de un año a otro sin más.

La regla general: no es obligación de la ley

En el sector privado, el aguinaldo de Fiestas Patrias no está contemplado como un derecho general en el Código del Trabajo. A diferencia de la gratificación legal, ninguna empresa está forzada por ley a pagarlo ni a fijar un monto mínimo o máximo. Así lo confirma Empresas Logros en su guía para pymes publicada esta semana: el pago queda sujeto a lo que cada empleador decida, salvo que se cumpla alguna de tres condiciones puntuales.

Los tres casos en que sí es obligatorio pagarlo

Aquí es donde muchos empleadores se llevan una sorpresa. El aguinaldo deja de ser un gesto voluntario y se convierte en una obligación exigible cuando ocurre alguna de estas situaciones:

  • Está en el contrato individual de trabajo. Si quedó estipulado por escrito al contratar, la empresa debe cumplirlo tal como se pactó.
  • Está en un contrato o convenio colectivo. Si existe sindicato y el aguinaldo se incorporó en la negociación colectiva, hay que respetar los términos acordados.
  • Se generó una cláusula tácita. Este es, según Empresas Logros, el caso que más sorprende a los empleadores: si la empresa ha pagado el aguinaldo de forma continua durante varios años, aunque nunca haya quedado por escrito, la Dirección del Trabajo puede considerarlo un derecho adquirido. La costumbre repetida se transforma en obligación y ya no se puede reducir ni eliminar de un año a otro sin negociarlo.

Por eso la recomendación práctica para cualquier pyme es simple: antes de decidir si se paga o no este septiembre, revisar el historial de pagos de los últimos años. Un aguinaldo «de cortesía» que se repite silenciosamente termina convirtiéndose en un compromiso legal, y suspenderlo sin más puede terminar en un reclamo ante la Inspección del Trabajo.

¿Cuánto se paga en el sector privado?

Como no hay ley que lo regule, tampoco existe un monto de referencia único. La cifra depende exclusivamente de lo que cada empresa haya pactado con sus trabajadores, ya sea en el contrato individual o en el convenio colectivo vigente. Puede ir desde una suma simbólica hasta un bono equivalente a varios días de sueldo, según la política interna de cada organización.

El contraste: lo que paga el Estado a sus funcionarios

La situación es completamente distinta para los trabajadores del sector público, donde el aguinaldo sí está fijado por ley. De acuerdo con la Ley 21.806 de reajuste de remuneraciones del sector público, el monto para 2026 se define en dos tramos según la remuneración líquida de agosto:

Remuneración líquida (agosto 2026)Monto del aguinaldo
Igual o inferior a $1.060.493$91.682
Superior a $1.060.493$63.645

Fuente: Buk, agosto de 2026, en base a la Ley 21.806.

Este beneficio cubre a funcionarios de planta y a contrata hasta el 31 de agosto de 2026, un universo que va desde personal municipal y de salud hasta Carabineros, la PDI y las Fuerzas Armadas. El pago llega de forma automática junto con el sueldo de septiembre, sin necesidad de ningún trámite. Además, es un ingreso no imponible y no tributable: no se le descuenta AFP, Fonasa ni impuesto a la renta.

Qué pasa si una empresa deja de pagarlo

Si el aguinaldo corresponde a alguno de los tres casos obligatorios y la empresa no lo paga, el trabajador puede reclamarlo directamente ante la Dirección del Trabajo. En el caso de la cláusula tácita, la carga de la prueba suele recaer en demostrar que el pago fue sistemático y reiterado en el tiempo, por lo que conviene que tanto empleadores como trabajadores conserven liquidaciones de sueldo de años anteriores como respaldo.

Preguntas frecuentes

¿Todas las empresas privadas deben pagar aguinaldo?
No. Solo es obligatorio si está en el contrato individual, en un convenio colectivo o si se ha pagado de forma reiterada en el tiempo, generando un derecho adquirido.

¿El aguinaldo del sector privado tiene un monto fijo?
No existe un monto fijado por ley. Depende de lo que cada empresa haya pactado con sus trabajadores.

¿Se puede eliminar un aguinaldo que se ha pagado todos los años?
Si se transformó en cláusula tácita por su pago reiterado, no puede eliminarse ni reducirse unilateralmente sin negociación previa.


Nota de autoría y fuentes consultadas

Artículo elaborado por el equipo editorial en base a fuentes oficiales y medios especializados verificados.

Fuentes: Empresas Logros (septiembre de 2026); Buk (agosto de 2026); El Mostrador (2 de agosto de 2026).

Bases normativas consultadas: Ley 21.806 de reajuste de remuneraciones del sector público; jurisprudencia de la Dirección del Trabajo sobre cláusula tácita y derechos adquiridos.

Fecha de última revisión: 9 de septiembre de 2026.

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